La Cámara Federal de Casación dejó firme la desestimación de una denuncia contra el titular de la AABE
La Cámara Federal de Casación Penal desestimó un recurso que buscaba reabrir una investigación penal contra Nicolás Pakgojz, presidente de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), en el marco de una denuncia por la cesión de un terreno fiscal al Sindicato de Carga y Descarga en Ciudad Evita, partido de La Matanza. La decisión del máximo tribunal penal ratificó los fallos de instancias anteriores que habían concluido que no existió delito y negaron la posibilidad de que el denunciante, Carlos Alberto Otero, participara como querellante en la causa.
La causa se originó por una denuncia impulsada por Otero, quien alegó que el predio en cuestión había sido ocupado por su familia durante más de cuarenta años. Según su presentación, Pakgojz firmó un acuerdo con la entidad sindical otorgando un permiso de uso precario y sin cargo, sin haber constatado previamente la situación de ocupación del inmueble. Para Otero, esto constituía abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El terreno está ubicado sobre la colectora de la autopista Teniente General Pablo Ricchieri, a la altura del kilómetro 20, en Ciudad Evita. El denunciante afirmó que su familia había iniciado una demanda de usucapión en la justicia civil, argumentando que ya no era propiedad del Estado cuando fue cedido.
El fiscal a cargo del caso desestimó estas acusaciones al sostener que la conducta de Pakgojz se ajustó a sus atribuciones legales. Indicó que actuó en el marco de los decretos 1382/12 y 2670/15, así como de la Resolución 177/22, que regula la gestión de inmuebles estatales. También remarcó que el predio en cuestión pertenece al Estado Nacional y que la AABE cuenta con facultades para su administración. A su entender, no se configuraba un delito porque el acto administrativo se había realizado conforme a la normativa vigente.
El juez de instrucción coincidió con este análisis y resolvió archivar el expediente. La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal respaldó esa medida y también rechazó la pretensión de Otero de ser reconocido como querellante.
Frente a ese revés judicial, Otero presentó un recurso ante Casación, alegando que se vulneraron sus derechos y que la decisión se basó en una “premisa falsa”, al sostener que el terreno no estaba ocupado. Según él, existían pruebas, incluidas imágenes del lugar, que demostraban la presencia de construcciones familiares.
La causa fue analizada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos. Por mayoría, los magistrados declararon inadmisible el recurso. El juez Carbajo sostuvo que la presentación no cumplía con los requisitos formales para ser tratada y que el planteo se limitaba a cuestionar valoraciones ya analizadas por el tribunal inferior. A su vez, destacó que no se acreditó ninguna cuestión federal que habilitara la intervención del tribunal en esta instancia.
Borinsky adhirió a esta postura y señaló que el recurso no ofrecía fundamentos suficientes para probar una supuesta arbitrariedad ni demostraba la existencia de un perjuicio irreparable de carácter federal.
En disidencia, el juez Hornos consideró que el recurso debía ser admitido y que era necesario verificar con mayor profundidad los dichos del denunciante y el contenido del informe utilizado para justificar el archivo del caso. A su criterio, no correspondía cerrar la investigación sin antes agotar medidas de prueba esenciales.
Finalmente, con dos votos contra uno, la Sala IV resolvió rechazar el recurso y confirmar el archivo de la causa. La resolución dejó firme la decisión de no avanzar penalmente contra el titular de la AABE y ratificó que no se acreditaron elementos suficientes que habiliten la continuidad del proceso judicial.