A pesar de sus constantes promesas de aliviar la carga impositiva, Javier Milei acaba de prorrogar por tres años un polémico impuesto que afecta a los pasajes al exterior, y cuyo 7% de recargo financia el millonario Fondo Nacional de Turismo, bajo la administración de Daniel Scioli. A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial, el gobierno extendió hasta diciembre de 2027 la vigencia de este tributo, que solo afecta a los residentes argentinos.

El Fondo Nacional de Turismo, cuya existencia se ve directamente vinculada a esta carga impositiva, ha sido una fuente de ingresos significativa para la promoción de la actividad turística nacional, alcanzando una recaudación de 197 mil millones de pesos en 2024. Sin embargo, la decisión de continuar con este gravamen por DNU ha generado una ola de críticas e incertidumbre dentro del sector turístico y en el ámbito legal.

El DNU que prorroga el impuesto, que venció el 5 de enero, no ha pasado por el Congreso y la prórroga se había incluido en el proyecto de Presupuesto, pero no fue tratado. Con el gobierno prorrogando el fondo y el impuesto a través de un DNU, los especialistas en derecho tributario y las empresas del sector no han dudado en cuestionar la legalidad de la medida.

El abogado tributario Diego Fraga señaló que este DNU es «absolutamente nulo», y sostuvo que la prórroga de impuestos por decreto es inconstitucional. Desde el punto de vista legal, los expertos coinciden en que el Ejecutivo no tiene facultades para establecer o extender un tributo mediante un DNU. “Este DNU es inconstitucional, ya que el impuesto forma parte de un fondo específico”, declaró el exdiputado Alejandro “Topo” Rodríguez, criticando la decisión de Milei y advirtiendo de los riesgos legales que esta medida implica.

El debate sobre la constitucionalidad del DNU está servido, y la industria turística se encuentra ante la disyuntiva de si seguir cobrando este 7% de forma legal o no. Este conflicto legal podría tener repercusiones en las empresas que operan con estos gravámenes, al no existir una ley formal que respalde la medida.