A partir de este lunes, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) implementó nuevas restricciones en la cobertura de obras sociales y prepagas que afectarán a los afiliados de planes cerrados. Según la reciente Resolución 3934/2024, los profesionales de la salud que deseen prescribir prácticas o medicamentos deberán estar incluidos en la cartilla del plan correspondiente. Si un paciente recibe una receta de un médico no autorizado, no podrá acceder a reintegros ni a subsidios.

Los planes de salud se dividen en dos categorías principales: abiertos y cerrados. En el caso de los planes abiertos, los beneficiarios tienen la libertad de elegir entre los prestadores de la cartilla o acudir a médicos externos, pudiendo solicitar reintegros por los gastos incurridos. Por otro lado, los planes cerrados requieren que los pacientes se atiendan únicamente con los prestadores que figuran en la cartilla, lo que limita significativamente sus opciones de atención médica.

La medida impacta a la mayoría de los afiliados, quienes a partir de ahora deberán ser más cuidadosos al elegir a sus profesionales de salud. La SSS ha estipulado que todas las obras sociales y prepagas están obligadas a presentar una cartilla actualizada que incluya detalles sobre los profesionales autorizados y las condiciones de cobertura de cada plan. Además, se ha enfatizado que los beneficiarios tienen el derecho de acudir a la justicia si consideran que no se les está brindando la cobertura adecuada para una práctica médica o medicamento recetado.