NOTICIAS JUDICIALES por el Dr. Hugo López Carribero

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal,
integrada por los jueces Martín Irurzun y Eduardo G. Farah, resolvió este
lunes 6 de noviembre establecer pautas a seguir por el juez Martínez de
Giorgi para profundizar la investigación en el conocido caso Odebrecht, en
relación al soterramiento del tren Sarmiento.

En el marco de esta causa, que tiene su origen en el requerimiento de
instrucción de la fiscalía, se investiga el presunto pago de sobornos por
parte del Grupo Odebretch y socios locales a funcionarios públicos que
integraban la estructura del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública  y Servicios.

El pago de estos sobornos tenía por finalidad violar las leyes en los que
se establecía el procedimiento de contrataciones por parte del Estado, y
los pasos legales a seguir para llevar a cabo una obra pública,
principalmente la adjudicación de la licitación pública.

En concreto, los hechos sospechados dejaron entrever que se realizaron
actos administrativos ilícitos para la continua adjudicación de las
diferentes etapas de la obra pública “Soterramiento del Corredor
Ferroviario” desde la localidad de Caballito hasta la localidad de Moreno,
de la línea de trenes Sarmiento, sin respetar los procedimientos
ordinarios legales para establecer una adjudicación de obra pública.

Este acto administrativo ilegítimo benefició a la Constructora Norberto
Odebretch S.A., a IECSA S.A., a GHELLA Societa Per Azioni y a COMSA S.A.,
que por medio de sobornos a funcionarios del entonces Ministerio de
Planificación Federal, lograron ser seleccionados para realizar las obras
públicas sin una correcta licitación pública.

Por otro lado, la Unidad de Información Financiera pretendió ser tenida
por querella, pero este pedido fue denegado sobre la base de la anterior
descripción de los hechos.

Si bien le es reconocida a la Unidad de Información Financiera la
posibilidad de constituirse como querella, sólo es admisible en
investigaciones con objetos distintos al que se investiga en esta causa.

En la resolución de la Sala II, los jueces analizaron cual sería la mejor
forma de proseguir con la investigación y la dirección de los actos
procesales pertinentes, para determinar el modo de participación de
funcionarios y empresarios argentinos, y del exterior.

Con esta finalidad, los jueces de la Sala II encomendaron al juez Martínez
de Giorgi que dirigiera el proceso mediante medidas rápidas y eficaces,
basándose fundamentalmente en la información nacional que tenga a su
disposición, y dejando en segundo plano un posible aporte de información
por parte de otros países, cuya respuesta se espera.

Los jueces fijaron estas bases, porque existe un importante grado de
dificultad para probar determinados aspectos del delito cometido, y eso es
así porque los exhortos internacionales a otros países suelen resultar
infructuosos.
Sin embargo, esta situación no imposibilita la producción de cursos de
acción rápidos para obtener mayores precisiones sobre las distintas etapas
de la perpetración de los delitos de pago de sobornos, hechos de
corrupción por parte de funcionarios públicos y empresarios, fraudes por
sumas millonarias, entre otros.

Teniendo todo lo antedicho en consideración, es que se le encomienda al
juez que analice minuciosamente la información invocada en la causa, y que
sobre esa base de datos recolectados procure una actividad rápida y eficaz
y evalúe la opción de medidas cautelares de distinta índole.


Hugo Lopez Carribero
Abogado Penalista
Director del Instituto de Derecho Penal
Colegio de Abogados La Matanza

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