En las próximas semanas, trabajadores formales, jubilados y pensionados recibirán la segunda parte del Sueldo Anual Complementario. Qué tener en cuenta para determinar el importe correcto y hasta cuándo pueden abonarlo empresas y organismos previsionales.

Con la llegada de diciembre, se aproxima el pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como aguinaldo. Este beneficio alcanza a quienes se encuentran registrados en relación de dependencia, además de jubilados y pensionados del sistema previsional nacional.

El depósito correspondiente al segundo semestre del año puede efectuarse hasta el jueves 18 de diciembre de 2025. No obstante, la normativa permite que las empresas dispongan de cuatro días hábiles adicionales para concretar el pago. Por ese motivo, algunos empleados podrían percibir el aguinaldo recién el miércoles 24 de diciembre.

El cálculo del SAC se basa en el ingreso más alto que el trabajador haya cobrado entre julio y diciembre. Cada medio aguinaldo representa el 50% de esa remuneración mensual máxima registrada durante el período mencionado.

Cómo se determina el importe del aguinaldo

Quienes trabajaron seis meses completos o más durante el segundo semestre reciben la mitad del mejor salario mensual percibido en ese lapso.

En cambio, quienes no alcanzaron la antigüedad requerida reciben un monto proporcional al tiempo trabajado. Para establecerlo, se utiliza la siguiente fórmula: dividir el salario mensual por 12 y luego multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados en el semestre.

Por ejemplo, si un empleado percibió un sueldo de $100.000 y trabajó seis meses: (100.000/12) x 6 = $50.000.

Conocer el número exacto de meses trabajados es fundamental para obtener un cálculo preciso, especialmente en casos de ingresos recientes al puesto laboral.

Jubilados y pensionados: cuándo cobran

Los beneficiarios previsionales perciben el aguinaldo en la misma fecha que su haber mensual. La distribución de pagos se organiza según el monto de las prestaciones y la terminación del DNI, lo que determina si el cobro se realiza en la segunda, tercera o cuarta semana del mes.

Para confirmar el día correspondiente, es necesario consultar el cronograma oficial que publica la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) al inicio de diciembre, donde se detalla el calendario completo de pagos.