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La Cámara Nacional Electoral ordenó que Diego Santilli encabece la lista de La Libertad Avanza en Buenos Aires

El tribunal superior revocó la decisión del juez Alejo Ramos Padilla y dispuso que el exvicejefe de Gobierno porteño lidere la nómina de candidatos a diputados nacionales. La resolución se fundamenta en la correcta aplicación de la Ley de Paridad de Género.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que Diego Santilli será quien encabece la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) por la provincia de Buenos Aires, tras revertir el fallo del juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla. El magistrado había determinado previamente que el primer lugar debía ser ocupado por Karen Reichardt, pero el máximo tribunal consideró que esa decisión contradecía lo establecido por la normativa vigente en materia de paridad.

La resolución de la CNE se apoya en la Ley N° 27.412 de Paridad de Género y su decreto reglamentario, los cuales disponen que los reemplazos en las listas electorales deben respetar el orden y el género de los candidatos originales. En este caso, la renuncia de José Luis Espert —primer postulante varón— implicaba que su lugar fuera ocupado por otro hombre, lo que llevó a la designación de Santilli.

El tribunal cuestionó duramente la decisión del juez Ramos Padilla, señalando que se apartó “injustificadamente” del marco legal al declarar una inconstitucionalidad sin el debido sustento y al interpretar la norma de forma “subjetiva”. Además, la Cámara recordó que el magistrado aplicó erróneamente criterios de un fallo relativo a la categoría de senadores, cuando en este caso se trataba de diputados nacionales.

En su argumentación, la CNE remarcó que su actuación ha sido históricamente consistente con la promoción de la igualdad de género en la representación política. Sin embargo, aclaró que esa búsqueda de equidad no puede realizarse en detrimento del cumplimiento estricto de la ley que regula la paridad. “El equilibrio entre varones y mujeres en las listas debe garantizarse dentro de los parámetros establecidos, sin interpretaciones que modifiquen la voluntad legislativa”, señaló el tribunal.

Por su parte, el fiscal electoral Jorge Di Lello había opinado que el reemplazo de un candidato varón debía realizarse mediante el corrimiento natural de la lista, manteniendo la proporción de género sin incorporar nombres externos al orden ya establecido. No obstante, también advirtió que una aplicación rígida de la norma podría perjudicar a las candidatas mujeres que, de otro modo, habrían ascendido en la nómina.

El conflicto se originó en la interpretación del artículo 7 del decreto reglamentario de la Ley de Paridad. Los apoderados de La Libertad Avanza defendieron una lectura literal de ese artículo, mientras que el fiscal subrayó que esa visión podría vulnerar el principio de progresividad y el derecho de las mujeres a una participación política equitativa.

En su fallo, la Cámara Nacional Electoral dejó firme su criterio sobre la paridad: los reemplazos deben respetar el orden y el género de los candidatos, evitando distorsiones que alteren la proporción entre hombres y mujeres. La decisión no solo define la integración final de la lista de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, sino que también reafirma la vigencia del principio de igualdad en la representación política y el alcance obligatorio de la normativa que lo garantiza.

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