A partir de la eliminación de la moratoria previsional, el Gobierno nacional modificará las condiciones de acceso a beneficios clave del sistema previsional. Uno de los cambios más significativos afectará a las personas que, al no reunir los 30 años de aportes necesarios, accedan a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Este grupo ya no podrá cobrar la pensión por fallecimiento en caso de que su cónyuge jubilado fallezca.
La moratoria previsional había sido implementada durante la gestión anterior para permitir que personas sin los aportes requeridos pudieran jubilarse. Su finalización implica que quienes cumplan 65 años y no hayan completado los años de aportes sólo podrán aspirar a la PUAM, una prestación equivalente al 80% de la jubilación mínima.
El nuevo esquema establece que los beneficiarios de la PUAM, si enviudan, no podrán acceder a la pensión por fallecimiento que sí reciben los jubilados del régimen general. Esta exclusión marca un cambio importante en el alcance de la protección social para personas mayores en situación de vulnerabilidad.
Además, la PUAM impone otras condiciones: es solo para mayores de 65 años que no reúnan aportes, requiere demostrar necesidad económica, se pierde si la persona se muda al exterior y, como novedad, no permite combinarla con otros beneficios como la pensión por viudez.
Desde sectores de la oposición y organizaciones sociales se expresó preocupación por el impacto de esta medida sobre miles de personas que dependen de este tipo de ingresos para subsistir, especialmente mujeres mayores que tradicionalmente accedían a una pensión tras el fallecimiento de sus parejas.