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La Cámara Federal declara inconstitucional el aumento desmedido de las prepagas

Las prepagas aumentaro por encima de la inflación.

La Justicia ordenó que las empresas YPF Obra Social y OSDE limiten sus aumentos a la inflación.

En un fallo clave, la Cámara Federal de La Plata resolvió que los aumentos aplicados por las prepagas YPF Obra Social y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) excedían los límites establecidos por la ley y dispuso que los incrementos debían ajustarse al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La causa fue iniciada por un afiliado que presentó una acción de amparo, argumentando que los aumentos impuestos por las empresas eran ilegítimos y arbitrarios, ya que no se ajustaban a la resolución vigente del Ministerio de Salud de la Nación. Según el amparo, las cuotas de medicina prepaga subieron un 78% de forma injustificada.

El Tribunal de Apelaciones dio lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/23, que desregulaban el sector y permitían los aumentos sin la debida autorización de la Autoridad de Aplicación, tal como lo establecía la Ley 26.682. En su resolución, el Tribunal destacó que el Decreto 70/23 no tenía justificación suficiente para despojar al Congreso de su competencia sobre esta cuestión.

La Cámara resolvió que el Ministerio de Salud debía autorizar y revisar los aumentos establecidos por las prepagas, dejando sin efecto los incrementos realizados a partir de enero de 2024. Asimismo, la Corte recordó que ya existía un acuerdo judicial en Buenos Aires para devolver el dinero cobrado indebidamente por encima del IPC desde diciembre de 2023.

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