Para quienes trabajan bajo el régimen de monotributo, contar con cobertura médica es un aspecto esencial. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), entidad que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ha actualizado el listado de las obras sociales disponibles para este sector, además de precisar la documentación necesaria para la afiliación.

Dado que el pago mensual del monotributo incluye un aporte destinado a la cobertura de salud, cada contribuyente tiene la posibilidad de elegir la obra social que mejor se adapte a sus necesidades. Sin embargo, antes de iniciar el proceso de adhesión, es fundamental verificar qué opciones aceptan monotributistas. Para ello, se debe consultar el listado de la Superintendencia de Servicios de Salud, donde figuran las entidades habilitadas para ofrecer cobertura a este grupo de trabajadores.

El marco normativo que rige este sistema fue modificado mediante el Decreto 955/24, el cual establece el Registro de Agentes de Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes. Esta regulación, vigente desde el 1 de diciembre, establece que tanto obras sociales como empresas de medicina prepaga deben inscribirse en este registro si desean seguir brindando cobertura a monotributistas. Aquellas entidades que no completen este trámite tendrán la facultad de rechazar nuevas afiliaciones bajo este régimen.

Ante este panorama, se recomienda a los contribuyentes evaluar con detenimiento su elección antes de completar la adhesión, asegurándose de que la obra social elegida cumpla con sus expectativas y necesidades.