Rubén Orlando Brocolo fue detenido el 3 de enero del 2002 en la Comisaría del barrio de Castelar, fue acusado por la violación de una menor de 15 años tras la denuncia que presentó su concubina y la madre de la presunta víctima.

El 11 de enero de ese año el Juzgado N° 1 de Morón le dictó la prisión preventiva por el delito de violación, abuso sexual agravado reiterado (cuatro hechos), amenazas calificadas por el uso y tenencia ilegal de arma de fuego.

Desde esa fecha, Brocolo fue alojado en la cárcel de Ezeiza, hasta que el 29 de noviembre de 2005 (tres años y once meses después), cuando el Tribunal Oral Criminal 1 lo absolvió al no haber pruebas en su contra.

Los exámenes físicos que se le habían practicado a la menor arrojaron que no tenía signos de lesiones «extragenitales ni genitales», así como ningún otro indicio de que hubiese sufrido algún tipo de violencia.

El Penalista del Conurbano, Hugo Lopez Carribero, abogado defensor de Brocolo, reclamó 15.007.080 pesos por los daños y perjuicios que padeció su cliente y manifiesta que la detención «estuvo plagada de humillaciones, miserias, y circunstancias denigrantes que llevaron a una situación violatoria de la dignidad humana, y de la normativa legal vigente, tanto provincial así como también de tratados internacionales con jerarquía constitucional».

Estando en prisión, Brocolo sufrió las represalias habituales contra los acusados de violaciones, perdió contacto con su familia y su trabajo en una metalúrgica que tenía desde hacía 20 años. Es por ello que la demanda fue presentada por el doctor Hugo Lopez Carribero en el Juzgado Contencioso Administrativo de Morón y el reclamo es en concepto de lucro cesante, daño moral y daño psicológico.