Un fiscal de juicio pidió hoy que se condene a un hombre de nacionalidad india a la pena de prisión perpetua, acusado de haber estrangulado a su esposa en un departamento en el barrio porteño de Vélez Sarsfield en 2019, y de haber abusado sexualmente de su cuñada, informaron fuentes judiciales.

En su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24 porteño, el fiscal Leandro D’Asenzo pidió que se condene a prisión perpetua a Basra Parminder por el «homicidio agravado por el vínculo y por su comisión contra una mujer por parte de un hombre y mediando violencia de género», en perjuicio de su mujer, María Salinas (33). Además, le imputó «amenazas coactivas reiteradas en dos ocasiones y abuso sexual simple», cuya víctima fue la hermana de María, llamada Nadia, y solicitó que los hijos de la víctima puedan acceder a la reparación económica prevista en la denominada «Ley Brisa”, cuyo acceso aún no les ha sido garantizado.

La audiencia del juicio comenzó alrededor de las 14 y continuó hasta las 15.45, cuando el tribunal, integrado por los jueces María Cecilia Maiza, Marcelo Roberto Alvero y María Elina Regueira Debenedetto, pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo 1 de julio a las 13.Al comenzar su alegato ante el tribunal, el fiscal D’Asenzo comenzó, de manera introductoria, señalando «la responsabilidad del estado en sancionar actos de violencia contra las mujeres» y remarcó que «es claro el escenario de violencia propiciado por el imputado en el hogar, y que culminó con la muerte violenta de María Salinas».

“De los hechos, no hay ningún tipo de duda”, dijo el fiscal en relación a la materialidad del homicidio y la responsabilidad del acusado, según lo declarado por los policías que arribaron al lugar del crimen, las diversas pruebas que constan en el expediente y la propia confesión del imputado durante el juicio oral, cuando en su indagatoria declaró: «Yo maté a mi mujer, pero (el de) la violación no fui yo».

Esa fue la primera vez que el acusado confiesa formalmente en el expediente el crimen de su esposa y madre de sus tres hijos, Salinas, ya que con anterioridad explicó que no recordaba lo que había sucedido ese día porque ingirió una considerable cantidad de píldoras de Clonazepam.

Si bien Parminder dijo que no había cometido el abuso sexual de la hermana de la víctima fatal, el fiscal también lo acusó por ese delito, presuntamente cometido en septiembre del 2019.

El fiscal solicitó que sean especialmente considerados estos sucesos ya que “son hechos que normalmente se dan sin testigos presenciales directos” y consideró que “los relatos de María Salinas y de Nadia Salinas, se presentaron de modo lógico, con una elaboración estructurada, aportaron detalles, que dan muestra de plena verosimilitud”.

Por otro lado, el fiscal destacó los resultados que surgen en el informe interdisciplinario de salud mental donde se confirmó que el imputado «estaba ubicado en tiempo y espacio» y no presentaba «ninguna alteración» psicológica.

Seguidamente, en su alegato, el abogado defensor Hugo López Carribero, no hizo mención respecto a la acusación por el homicidio de Salinas, sino que planteó la inconstitucionalidad del artículo del Código Procesal que inhabilita a los condenados por femicidio a gozar de una libertad condicional.

Respecto a las amenazas coactivas y el abuso sexual de la hermana de la víctima fatal, el letrado dijo que Parminder no puede ser condenado por esos hechos ya “no se pudo establecer de manera precisa el día” en que ocurrieron