El juicio por jurado, promete ser la modalidad más breve y eficaz para la resolución de casos. En la provincia de Buenos Aires ha sido implementado para quedarse, así se plasma en el Código Procesal provincial.En ese marco, el abogado penalista Hugo Lopez Carribero, entiende que por fin, se ha legislado correctamente en torno al mandato constitucional que ordena acatar la voz de los ciudadanos en decisiones judiciales.
Es una garantía del imputado y un derecho político de los ciudadanos, que consiste en la facultad de participar en las decisiones más relevantes de la administración de justicia penal.
Lopez Carribero afirma que la participación popular de la ciudadanía es lo que da legitimidad a una decisión judicial de esta magnitud, en casos que conmueven particularmente a la sociedad. El jurado sirve para resolver casos de trascendencia, y en estos términos sus integrantes, resultan actores fundamentales.Además, en este tipo de juicios, los artilugios y herramientas tradicionales del ejercicio del Derecho le abren paso a la oratoria y a la dramatización. Se trata de un cambio de paradigma que permite acortar los tiempos de la Justicia y acercar este campo a la ciudadanía.Esta modalidad jurídica que se aplica en el Derecho Penal está contemplada en la Constitución Nacional desde 1853, pero entró en vigencia en Buenos Aires en 2015.
Hugo Lopez Carribero, el Penalista del Conurbano, sostiene además, que el juicio por jurado es una institución de naturaleza procesal concebida para preservar la paz social, donde el jurado es el contralor de la función judicial, y constituye una garantía contra los abusos de poder del Estado.