El Concejal Saredi informó sobre la implementación de licencias por violencia de género que se decretó en el Salón Dorado de la Gobernación.

El Dr. Miguel Saredi manifestó: «Estas nuevas claves son un avance esperanzador para todas las mujeres que vienen luchando estos últimos años por sus derechos. La licencia que le iba a la trabajadora era licencia psiquiátrica o por otras enfermedades, ignorando y ocultando la realidad de la mujer. Y cuando esto sucede, estamos hablando de una desvalorización de la persona, en este caso por el género femenino». 

El Concejal continuó explicando cómo funcionan las claves: «Se trata de la justificación de la ausencia total o parcial de una o varias jornadas laborales completas o bien, en permisos que impliquen flexibilidad en el horario de entrada y/o de salida durante la jornada de trabajo. Además, algo muy importante para que todos tengan en cuenta es que, ninguna trabajadora podrá ser despedida y/o sancionada por haber solicitado la Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia».

¿Quiénes pueden exigir su aplicación?

Según el artículo 2 de la Ley, será de aplicación a todas las trabajadoras, víctimas de violencia, que prestan servicio en la Administración Pública o en las sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria de la provincia de Buenos Aires.

¿Qué pasa si la víctima no puede solicitarla?

En el caso de que la trabajadora no pueda solicitarla por estar imposibilitada de hacerla personalmente, puede hacerlo a través de una tercera persona.

¿Qué documentos debe presentar para solicitarla?

Podrá solicitarla ante la oficina de personal del lugar de trabajo, presentando la constancia que acredite haber realizado la correspondiente denuncia, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la solicitud.

¿Qué plazo tiene la licencia?

Según el artículo 6 de la Ley, podrá ser otorgada hasta por un plazo de treinta y cinco (35) días por año calendario, continuos o alternados, mediante decisión fundada de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal u oficina de personal que haga sus veces del organismo en el que preste servicios la trabajadora, sobre la base de un informe elaborado por el Equipo Interdisciplinario, que motive su extensión.

En el caso de que la trabajadora hubiera hecho uso de la totalidad del plazo de treinta y cinco días, tendrá derecho a solicitar una prórroga por hasta un plazo equivalente, la que será concedida, previo informe favorable elaborado por el Equipo Interdisciplinario actuante.

Para finalizar El Cjal. Saredi nos comentó que pasaría en el caso de violencia que se da en el grupo familiar o en el mismo lugar de trabajo: «Se deberán garantizar las condiciones para que la trabajadora pueda desempeñar, en forma segura, sus actividades laborales habituales, implementando las acciones de organización administrativa que fueran necesarias. Es decir, si la trabajadora solicitare un cambio en el lugar de prestación de servicios, aquella deberá impulsarse en forma inmediata sin que ello pueda implicar afectación salarial o funcional alguna, priorizando la continuidad de su carrera administrativa”.